La Cámara de Farmacias de la Provincia de La Rioja brinda facilidades a la hora de realizar los trámites con los que deben cumplir las farmacias.
SEDRONAR: Inscripciones, tramites trimestrales, reinscripciones, re empadronamiento y presentación de toda la documentación solicitada por el Registro Nacional de Precursores Químicos.
DATOS PERSONALES: Inscripciones de las farmacias en el Registro Nacional de Bases de Datos en la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, dependientes del Ministerio de Justicia.
RESIDUOS PATOGENICOS: Inscripción de las farmacias generadoras y no generadoras de residuos patogénicos en cumplimiento de la ley nacional 24.051. Contestaciones de cedulas recibidas por parte de las farmacias. Asimismo, el personal que manipule este tipo de residuos debe contar con la vacuna de hepatitis B y doble adulto.
IMPACTO AMBIENTAL: Inscripción de las farmacias en cumplimiento de lo solicitado por la ley provincial 7801.
ANMAT: Informativo a socios de todos los medicamentos que tienen prohibida su comercialización. Presentación de solicitud para la comercialización de productos de uso in vitro.
SEGURIDAD E HIGIENE: Se contrata a través de CAFRI una empresa encargada de controlar y asesorar a las farmacias en lo que respecta a la seguridad y la higiene en el trabajo, a fin de estar en regla con las exigencias emanadas de la ley 19.587.
MALA PRAXIS: Las farmacias deben contar con un seguro de responsabilidad ante la mala praxis en que pudieran incurrir los profesionales farmacéuticos. CAFRI se encarga de la contratación de los seguros para otorgarles a las farmacias una cobertura integral, tanto al profesional como a todos los empleados.
TRAZABILIDAD: Gestión para la inscripción de las farmacias ante la ANMAT para que realicen la trazabilidad de los medicamentos de acuerdo a las leyes vigentes.
CENTRO INTEGRAL DE ESTUDIOS FARMACEUTICOS: es una sofisticada estructura educativa de aprendizaje a distancia. Está destinada a dueños, dirigentes, directores técnicos, encargados, administradores y dependientes de farmacias como así también a dirigentes de cámaras, prepagas y/o mandatarias, farmacéuticos hospitalarios y estudiantes de Farmacia.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA: Se llevan a cabo los siguientes tramites: habilitaciones de farmacias y droguerías, cambios de dirección técnica y de auxiliares, cambios de horarios, habilitaciones por traslados de farmacias y droguerías, eximiciones de turno, etc. Se presentan y luego se consulta el estado de cada uno de los trámites hasta su finalización.
TEMAS DE INTERES
SEDRONAR: es el organismo responsable de coordinar las políticas nacionales de lucha contra las adicciones. Como órgano especializado en la prevención y asistencia en el uso indebido de drogas, es tarea de esta Secretaría reconstruir el entramado social a partir de la consideración del adicto como un sujeto activo de derecho, con capacidad de crecer, soñar y proyectar. Entendemos que es necesario no criminalizar al consumidor sino promover espacios de integración que le ofrezcan otras opciones de vida y la posibilidad de ser incluido socialmente. En este sentido, observamos la cultura, el trabajo y el deporte como articuladores que permiten construir sentido de pertenencia y fomentar la inclusión.
RESIDUOS PATOGENICOS: Se consideran residuos patogénicos a aquellos que pueden provocar una enfermedad infecciosa o contaminar el ambiente. Entre los distintos tipos de residuos patogénicos se encuentran: jeringas, guantes usados, restos de sangre, fluidos humanos y de animales, restos de órganos, elementos corto-punzantes contaminados y todo material que haya tenido contacto con microorganismos potencialmente patógenos.
¿Qué dice la ley?
A nivel nacional la ley 24.051 establece las responsabilidades para los generadores, transportistas, manipuladores (operadores) y tratadores (plantas de disposición final). Los puntos sobresalientes estipulan que debe haber un registro de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos y que debe existir un manifiesto de transporte, que es un documento que asienta todo el movimiento del residuo, origen y destino, etc. Si bien la ley nacional regula interjurisdiccionalmente, cada provincia posee su normativa propia que asimila esta ley madre.
El Gobierno de La Rioja a partir de la iniciativa del Ministerio de Planeamiento e Industria con la inauguración de la “Planta de Tratamiento de Residuos Patógenos”, marca una política de Estado en materia de desarrollo autosustentable y sostenible con respeto al ambiente y en resguardo de la salud pública y la calidad de vida de los ciudadanos. La novedosa planta que comenzará a funcionar próximamente cuenta con un sistema innovador que incorpora tecnología avanzada y un método organizado para el tratamiento y disposición final de los residuos patogénicos que, en su mayoría, son generados por diferentes centros de salud públicos y privados.
IMPACTO AMBIENTAL: ley provincial 7801
Esta Ley tiene por objeto establecer los criterios y normas básicas destinados a conservar y mejorar el patrimonio ambiental, proteger la dinámica ecológica, la salud humana, propiciar el uso sustentable de los recursos naturales, recuperar o regenerar los ambientes desertificados y/o contaminados, asegurando a las generaciones presentes y futuras la conservación de la calidad ambiental y la diversidad biológica, conforme lo establece el Artículo 66° de la Constitución Provincial.-