“Las ventas en farmacias disminuyeron en la pandemia”
Nos dirigimos a Uds. con el fin de hacerles conocer una breve normativa sobre la receta de Pañales
- Para entregar pañales a los afiliados de PAMI las farmacias deben validar de manera obligatoria a partir del 1 de setiembre la receta correspondiente que presentará el beneficiario.
- La receta de pañales puede ser una receta PAMI electrónica o PAMI manual, en ambos casos deberá ingresar los números de la receta en el sistema SISFARM para obtener la validación.
- La receta tiene una validez de 30 días a partir de la fecha de prescripción.
- Solamente se podrá dispensar una receta por mes calendario. Ejemplo: una receta con fecha 20/8 presentada en la farmacia el 5/9 puede ser validada y dispensada, pero durante el resto del mes de setiembre no podrá realizar una nueva dispensa al mismo afiliado, aún cuando posea una receta con fecha setiembre, en este caso deberá aguardarse para validar en octubre.
- Las características de los módulos a entregar y sus cantidades son las que surgen del sistema de validación, no encontrándose ese dato detallado en la receta.
- Las farmacias deben entregar a su entidad junto a la presentación de las dispensas realizadas en el mes, la receta y el cupón de entrega firmado por el afiliado. Ambos documentos serán requeridos para ser presentados al cobro.
DPTO. LICITACIONES PAMI
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